El Consejo Directivo del Colegio de Bioquímicos de Tucumán, convoca a Asamblea Extraordinaria para el día 20 de Abril de 2017, a horas 19:00 en la sede Institucional sita en Av. República del Líbano 978 de esta ciudad, para el tratamiento del siguiente Orden del Día:
- Elección de 2 (dos) socios para firmar el Acta.
- Consideración y aprobación del Reglamento Electoral elevado por la Comisión Ad Hoc.
- Consideración y ratificación de lo resuelto por el Consejo Directivo en Acta 163 del 16/03/87 sobre creación de Comisiones de Trabajo. Él acta de la asamblea estará a disposición de los colegas interesados a partir de las 8:00 de la mañana del día 20 para su lectura en mesa de entrada.
EXTRACTO ACTA N° 163 DE CONSEJO DIRECTIVO
—En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los dieciséis días de Marzo de 1987, siendo las 20:00 horas, da comienzo la sesión ordinaria del Consejo Directivo del Colegio de Bioquímicos Ley 5482, con la presencia de los Miembros Dres.: Margarita Alvarez, Roberto Ernesto Flores, Carlos Oviedo, Adelaida del Pilar Avila, Elsa Cerimele de Pérez, Margarita Villecco de Boggiatto, Raúl Marigliano, Argentino Hatem, todos bajo la presidencia del Dr. Héctor Miguel Avila y la presencia del Asesor Legal Dr. Arturo Ponsati, para considerar el siguiente ORDEN DEL DIA:
- Lectura del Acta Anterior.
- Informe de Comisiones.
- Estado de Obras Sociales.
- Nuevas Comisiones electivas.
- Renta Vitalicia.
- Correspondencia Recibida:
- Otros:
Art. 1°.- Créase las siguientes COMISIONES DE ESTUDIO Y TRABAJO, cuya competencia e integración se determinan en este reglamento:
1.-COMISION DE CULTURA
2.- COMISION CIENTIFICA
3.- COMISION DE DEPORTES
Art. 2°.- Serán funciones de las Comisiones:
a)- Estudiar por propia iniciativa o a solicitud del Consejo Directivo, los proyectos atinentes a su esfera de competencia a efectos de ponerlos a consideración del Consejo Directivo, para que éste resuelva o, en su caso, someta la decisión a consideración de la Asamblea.
b)- Asesorar al Consejo Directivo o a la Asamblea, por propia iniciativa o a pedido del mismo, sobre los temas incluidos en su esfera de competencia.
c)- Desarrollar y ejecutar las acciones y proyectos incluidos en la esfera de su incumbencia, que hubieren sido aprobados por la Comisión y por el Consejo Directivo, con la frecuencia que este determine, sobre las actividades desarrolladas.
d)- Dictar sus propios Reglamentos Funcionales.
Art. 3°.- Será competencia de la Comisión de Cultura promover, y organizar, bajo la tutela administrativa del Consejo Directivo y conforme las decisiones y reglamentaciones que el mismo dicte, actividades y programas de extensión cultural con destino a los colegiados, a sus familias y a la comunidad en general.
Art. 4°.- Será competencia de la Comisión Científica proyectar y organizar, bajo la tutela administrativa del Consejo Directivo y conforme las decisiones y reglamentaciones que el mismo dicte, las actividades científicas a desarrollar por la institución.
Art. 5°.- Será competencia de la Comisión de Deportes, proyectar y organizar, bajo la tutela administrativa del Consejo Directivo y conforme las decisiones y reglamentaciones emanadas del mismo, programar y organizar actividades deportivas para los colegiados y sus familias, así como canalizar la participación de las representaciones deportivas del Colegio en actividades de tal índole en el orden nacional y provincial.
Art. 6°.- Cada Comisión estará integrada por 3 titulares y 3 suplentes, que durarán tres años en sus funciones y serán elegidos por los colegiados según el régimen electoral que la Ley 5482 y el Reglamento Electoral del Colegio prescribe para la elección del Tribunal de Etica y Disciplina. Los comicios se realizarán conjuntamente con las elecciones en que se renueve parcialmente el Consejo Directivo y no coincida con el comicio para designar Tribunal de Etica y Disciplina.
Art. 7°.- En el caso que algunas de las Comisiones establecidas por este Reglamento se agotare la lista de suplentes o quedare uno o más puestos vacantes en la misma, el Consejo Directivo designará el o los miembros de la Comisión que completarán el período.