A continuación se detallan las Normas de Autorización de Prestaciones que rige a partir del 01 de Octubre del corriente año.
Los planes alcanzados por esta norma son: OPESSA, A-704 Santa Cruz, A-604, A-602 OSETRA, A-602 UCASAL, D-456, A-425, M-400.
NO REQUIEREN AUTORIZACION PREVIA las prestaciones incluidas en el NBU PMO con excepción de las siguientes prácticas:
- Cod. 661015 – CD4 por citometria de flujo
- Cod. 661105 – HIV Carga Viral
REQUIEREN AUTORIZACION PREVIA todas las prácticas especiales de alta y baja frecuencia incluidas en el NBU a partir del código 662008.
Los planes PMO, PMO MT, PMO SD, MONOTRIBUTO, A305 y D371, continuaran autorizando todas las prestaciones solicitadas en nuestras oficinas.
Como medida complementaria a las mencionadas, hemos extendido la vigencia de todas las prescripciones médicas de prácticas ambulatorias a 60 días para la realizacion de las mismas a partir del 01 de Octubre del presente año. |