Normas de facturación
Estimados:
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes a fin de informar la actualización de las normas vigentes de facturación, las cuales se detallan a continuación:
Los siguientes ítems son de carácter obligatorio. El incumplimiento de los mismos será motivo de débito.
- El prestador deberá presentar historia clínica completa como soporte del monto facturado no omitiendo consentimiento informado debidamente complementado (firma del paciente y del medico tratante); epicrisis, protocolo quirúrgico y anestésico, hojas de evolución, indicaciones y de enfermería, así como el informe de los estudios realizados.
- Los procedimientos quirúrgicos que requieran implantes de cualquier tipo de material se deberá adjuntar en todos los casos certificado de implante original con firma y sello del cirujano y los correspondientes stickers adheridos en original.
- La factura a presentar debe ser original debiendo adjuntar el detalle de facturación general e individual (soporte papel) en el cual debe figurar firma y sello del responsable de la institución.
- En referencia a la facturación de las prácticas Screening Neonatal y/o otoemisiones acústicas, las mismas deben presentar el correspondiente informe que acredite su realización (con valores de laboratorio obtenidos).
- El prestador deberá presentar los troqueles originales/copia correspondientes a la medicación y / o insumos alimentarios que facture así como cada uno de los stickers originales utilizados en caso de materiales descartables.
- Toda practica / cirugía no convenida deberá presentar presupuesto previo a la fecha de realización. Sera evaluado y autorizado por el departamento de contrataciones y auditoria médica de la obra social (se adjunta instructivo).
- Aquel presupuesto de práctica / cirugía de urgencia o no que haya sido realizada, será autorizado por el departamento de contrataciones a valor Obra Social, sin excepción.
INSTRUCTIVO PRESUPUESTOS
Estimados prestadores, les informamos que a partir del día 1 de Julio 2019 se comenzarán a implementar las siguientes normas para la autorización de presupuestos:
Presupuestos:
- Los presupuestos para cirugías programadas, estudios de diagnóstico, etc. Deben ser remitidos junto con el pedido médico dentro de un mínimo de 96hs hábiles previas a la realización de la prestación
- En caso de prácticas o cirugías realizadas de urgencia, también deben remitirse con el pedido médico e informe correspondiente justificando la urgencia, en estos casos el período para ser recibido por la Obra Social es de un máximo de 48hs hábiles luego de la realización de la misma
- En los casos en que la orden sea autorizada por auditoría médica pero no cuente con valores convenidos, necesita indefectiblemente también la autorización del departamento de contrataciones, es responsabilidad del prestador verificar, más allá de la autorización médica, antes de realizar la prestación, que la misma esté acordada dentro de la grilla de valores, de forma contraria deberá cumplir con el punto número 1
- El presupuesto autorizado siempre tiene que acompañar a la orden médica al momento de su facturación, en caso contrario será motivo de débito
- El material radiactivo se reconoce valor CEDIM y lo medicamentos KAIROS no es necesario enviar presupuesto ya que el valor es chequeado con estas entidades al momento de su liquidación
- Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados, previo a enviar un presupuesto por una prestación tercerizada porque no se realiza en vuestra institución (ej: Hemodiálisis o laboratorio en los casos de Clínicas de salud Mental o Centros de Rehabilitación) deberán enviar pedido a autorizaciones@tvsalud.com.ar ya que en la mayoría de los casos contamos con prestadores propios para enviar a la institución que lo solicita.