Convenio con Universidad San Pablo T

 

Estimados Colegiados, el Colegio de Bioquímicos de Tucumán, junto a la Universidad San Pablo Tucumán, el 08-11-21 firmaron los siguientes convenios:

  1. Cooperación académica, científica cultural, donde ambas partes se comprometen a implementar actividades conjuntas. Ejemplo: Organización de actividades científicas y académicas, programas de investigación en áreas de interés común, sistema de pasantías, publicaciones conjuntas y otras actividades.
  2. Descuento. La Universidad San Pablo – T, otorgará facilidades económicas a los colegiados y empleados del Colegio, como así también a sus respectivos cónyuges e hijos, con un descuento equivalente al 15% del valor de las cuotas correspondientes al cursado de cualquiera de las carreras de pregrado y grado que dicta la Universidad, excepto Medicina, las carreras nuevas a crearse y las que tienen aranceles promocionales, las cuales no tendrán descuentos.
  1. El valor de la matrícula y cuotas será fijado por la Universidad, los que podrán ser modificados en cualquier momento del año. Anualmente se abona Matrícula/Reinscripción y 11 cuotas mensuales y consecutivas de Febrero a Diciembre de cada año.
  2. El importe de las cuotas será abonado por el estudiante a la Universidad.
  3. Para hacer efectivo el descuento el estudiante debe presentar en el Dpto. Contable de la Universidad, al momento de matricularse o de abonar la cuota, una nota de la autoridad competente indicando que el alumno es asociado/a de El Colegio, la que será renovable a comienzo de cada año. En caso de cónyuges e hijos deberán presentar la citada constancia por el titular del derecho (asociado), más copia legalizada del Acta de Matrimonio o nacimiento correspondiente. La matrícula y la reinscripción anual deberán hacerse en los términos establecidos por la Universidad y en estos aranceles no se aplicará la reducción.
  4. Las cuotas se abonan del 1 al 10 de cada mes, por mes adelantado. La falta de pago en término de los aranceles, darán derecho a la Universidad a suspender o dejar sin efecto en forma definitiva el beneficio de reducción arancelaria concedido. Cualquier otro término académico, administrativo, arancelario y/o contable, se regirá por los comunes a tods los alumnos de la Universidad sin necesidad de ninguna otra notificación.
  5. El Colegio no se responsabiliza por los acuerdos individuales de los estudiantes, ni tampoco en caso de que algunos de ellos incurran en mora con la Universidad.
  6. Cualquier modificación de la situación que revista del asociado ante el Colegio deberá ser comunicada a la Universidad en el término de 72 horas de producida la misma a los fines de rever la situación arancelaria.

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Datos de contacto

  Dirección: Av. República del Líbano 978

  Teléfono: 0381-4330805

  Web: www.cobituc.org.ar

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