Estimados Colegiados, el Colegio de Bioquímicos de Tucumán, junto a la Universidad San Pablo Tucumán, el 08-11-21 firmaron los siguientes convenios:
- Cooperación académica, científica cultural, donde ambas partes se comprometen a implementar actividades conjuntas. Ejemplo: Organización de actividades científicas y académicas, programas de investigación en áreas de interés común, sistema de pasantías, publicaciones conjuntas y otras actividades.
- Descuento. La Universidad San Pablo – T, otorgará facilidades económicas a los colegiados y empleados del Colegio, como así también a sus respectivos cónyuges e hijos, con un descuento equivalente al 15% del valor de las cuotas correspondientes al cursado de cualquiera de las carreras de pregrado y grado que dicta la Universidad, excepto Medicina, las carreras nuevas a crearse y las que tienen aranceles promocionales, las cuales no tendrán descuentos.
- El valor de la matrícula y cuotas será fijado por la Universidad, los que podrán ser modificados en cualquier momento del año. Anualmente se abona Matrícula/Reinscripción y 11 cuotas mensuales y consecutivas de Febrero a Diciembre de cada año.
- El importe de las cuotas será abonado por el estudiante a la Universidad.
- Para hacer efectivo el descuento el estudiante debe presentar en el Dpto. Contable de la Universidad, al momento de matricularse o de abonar la cuota, una nota de la autoridad competente indicando que el alumno es asociado/a de El Colegio, la que será renovable a comienzo de cada año. En caso de cónyuges e hijos deberán presentar la citada constancia por el titular del derecho (asociado), más copia legalizada del Acta de Matrimonio o nacimiento correspondiente. La matrícula y la reinscripción anual deberán hacerse en los términos establecidos por la Universidad y en estos aranceles no se aplicará la reducción.
- Las cuotas se abonan del 1 al 10 de cada mes, por mes adelantado. La falta de pago en término de los aranceles, darán derecho a la Universidad a suspender o dejar sin efecto en forma definitiva el beneficio de reducción arancelaria concedido. Cualquier otro término académico, administrativo, arancelario y/o contable, se regirá por los comunes a tods los alumnos de la Universidad sin necesidad de ninguna otra notificación.
- El Colegio no se responsabiliza por los acuerdos individuales de los estudiantes, ni tampoco en caso de que algunos de ellos incurran en mora con la Universidad.
- Cualquier modificación de la situación que revista del asociado ante el Colegio deberá ser comunicada a la Universidad en el término de 72 horas de producida la misma a los fines de rever la situación arancelaria.