Estimado Colega Laboratorista y/o Encargado de Facturación
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Informamos a Uds. que:
- No se deben cargar más las órdenes en el Código 1800.
- Es débito irrefutable el pedido médico para el Código 1805 o el bono para el Código 1806 que tengan, al día de incorporación al programa, más de 30 (treinta) días de emitido.