Certificación de Especialidades

 

 

Programa de Certificación Bioquímica

Colegio de Bioquímicos de Tucumán – Ley 5.482

El Ente Primario de Certificación ECEBIO – Tucumán, llama a inscripción de interesados en certificar las Especialidades Bioquímicas, desde el 06 de marzo de 2023 a las 8Hs hasta el 31 de marzo de 2023 a las 12Hs.

El costo del trámite de certificación se estableció en $9000 .

 

Reglamento General de Certificación y Recertificación de Especialidades Bioquímicas

 Artículo 1º.- Con el objeto de llevar a cabo la certificación de las Especialidades Bioquímicas se establece las siguientes definiciones:

  1. ESPECIALIDAD: rama de una ciencia o actividad cuyo objeto es una parte limitada de la misma, que otorga conocimientos y habilidades muy precisas. Se fundamentan en áreas del conocimiento y resolución de problemas. Las especialidades reconocidas para su certificación serán las determinadas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN en su Resolución MS 1.341/13, o aquella que en su momento la reemplazare, y que figuran en este reglamento como Anexo I.
  2. CERTIFICACIÓN: es el resultado de un acto por el cual una entidad competente, aplicando criterios preestablecidos asegura a través de un proceso de evaluación transparente, que un profesional de la salud debidamente matriculado, posee conocimientos, hábitos, habilidades, destrezas y actitudes propias de una especialidad o actividad reconocida, además de adecuadas condiciones éticas y morales.
  3. RECERTIFICACIÓN: es el resultado de un acto por el cual una entidad competente, aplicando criterios preestablecidos, asegura a través de un proceso de evaluación transparente que un profesional de la salud, debidamente matriculado y previamente certificado, mantiene actualizados sus conocimientos y actitudes dentro del marco ético adecuado, en forma acorde con el progreso del saber y del hacer propio de la especialidad o actividad que ha desarrollado en un periodo determinado.

Artículo 2º.- La Comisión Certificadora Bioquímica Nacional filial Tucumán (COCERBIN Tucumán) fue creada por Convenio entre el Colegio de Bioquímicos de Tucumán, la Facultad de Bioquímica Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y el Sistema Provincial de Salud de Tucumán, según Resolución Nº 363/SPS de fecha 27 de Agosto de 2.015. Esta Comisión Certificadora tiene como función evaluar los antecedentes presentados por los postulantes a efectos de verificar si cumplen con los requisitos estipulados por este reglamento para su certificación o recertificación como especialistas en un área del conocimiento.

Artículo 3º.- ECEBIO Tucumán se reserva el derecho de establecer convenios de cooperación con Universidades y Sociedades Profesionales, Científicas y/o Académicas del país, a los efectos de integrar jurados de evaluación y fomentar el desarrollo profesional en cada especialidad. Se prevé la constitución de banco de consultores bioquímicos especialistas y referentes provinciales y/o nacionales para el asesoramiento oportuno.

Artículo 4.– Las solicitudes de certificación se presentarán en el Colegio de Bioquímicos de Tucumán, en las fechas que se determinen anualmente.

Artículo 5.- ECEBIO Tucumán llevará un registro de los profesionales certificados en cada Especialidad.

Artículo 6.- ECEBIO Tucumán llevará registro permanente y actualizado de toda situación inherente a su normal funcionamiento, en un Libro de Actas. Las Actas consignadas deberán ser avaladas con firma de la mitad más uno de sus miembros, debiendo estar presente al menos un representante de las Instituciones que lo constituyen.

Artículo 7.– En fechas a definir, ECEBIO Tucumán enviará al Ministerio de Salud de la provincia y a la Coordinadora de Colegios de Ley, Ente Coordinador de Unidades Académicas de Farmacia y Bioquímica (ECUAFyB), Confederación Unificada Bioquímica de la República Argentina (CUBRA), ABA (asociación Bioquímica Argentina), Ministerio de Salud de Tucumán, Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia (UNT) y Colegio de Bioquímicos de Tucumán el listado de Bioquímicos que hayan certificado la Especialidad.

  

Modalidades de Certificación

Artículo 8.- ECEBIO Tucumán otorgará el Certificado de Bioquímico Especialista a los profesionales que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  1. Profesor Universitario: comprenderá a los profesores en actividad que dicten la materia referida a la Especialidad, que revistan en las siguientes categorías: I) Profesor Titular II) Profesor Asociado III) Profesor Adjunto. Los docentes de Universidades Nacionales deberán acreditar su ingreso a la cátedra por concurso, conforme lo establece el Artículo 51 de la Ley de Educación Superior N° 24.521. Los docentes de Universidades Privadas, deberán acreditar el carácter de docente regular de la materia y su designación por el procedimiento reglado por el Consejo Académico del establecimiento.
  2. Título de Especialista Universitario: otorgado por una Universidad Nacional o Privada que cuente con Carrera de Especialidad debidamente reconocida y acreditada por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
  3. Certificado de Residencia completa en la Especialidad con una duración no menor de tres años extendido por institución pública o privada, en una residencia acreditada ante el Ministerio de Salud.
  4. Evaluación de antecedentes de aquellos profesionales matriculados que tengan no menos de cinco (5) años de egresados y tres (3) años de antigüedad en el ejercicio de la especialidad, en institución oficial o privada reconocida. Estos profesionales podrán solicitar la certificación de su especialidad mediante la evaluación de antecedentes, que se realizará acorde el procedimiento estipulado en el Anexo II.
  5. Los postulantes que posean títulos de Especialista Universitario (Artículo 8.b) o Certificados de Residencia en la Especialidad (Artículo 8.c) con más de 5 años de haber sido emitidos a la fecha de presentación, podrán recertificar su especialidad si se ajustan a lo estipulado en el Artículo 8.d.

Artículo 9.- Por la característica de actualización continua de éste Programa, la vigencia de la Certificación y Recertificación será de cinco (5) años, a partir de la cual se la podrá renovar sucesivamente por iguales períodos. El Certificado de Especialista caducará automáticamente si el postulante no cumplimenta los requisitos y si transcurrido 1 (uno) año de su vencimiento no solicitara la Recertificación, podrá acceder a la certificación cumpliendo nuevamente con lo establecido en el primer examen de competencias.

Artículo 10.- La Certificación y/o recertificación de una Especialidad otorgada por ECEBIO Tucumán acredita la experticia del profesional bioquímico en un área específica de conocimiento, NO CONSTITUYE UN TÍTULO ACADÉMICO DE POSGRADO.

 

Listado de Especialidades Bioquímicas

Res 1341/2013 – Ministerio de Salud de la Nación

ESPECIALIDAD

BIOQUÍMICA CLÍNICA

Área:

–  Química Clínica

–  Hematología

–  Citología

–  Endocrinología

–  Inmunología

–  Inmunohematología y Banco de Sangre

–  Microbiología Clínica

–  Micología

–  Bacteriología

–  Parasitología

–  Virología

–  Genética

–  Hepatología

–  Toxicología Clínica

–  Neurobiología

–  Emergentología

TOXICOLOGÍA LEGAL Y FORENSE

 

BROMATOLOGÍA

 

BIOTECNOLOGÍA

 

BIOQUÍMICA DEL MEDIO AMBIENTE

 

NUTRICIÓN

 

BIOQUÍMICA INDUSTRIAL

 

GESTIÓN DE CALIDAD EN EL LABORATORIO

 

  

Procedimiento de  evaluación de antecedentes para acceder al Certificado de Especialista

A) Completar la Solicitud de Inscripción y Planillas de antecedentes Profesionales de formularios Word adjuntos (Anexos I y II).

 B) Requisitos obligatorios:

  1. Matriculado en el Colegio de Bioquímicos de Tucumán (Ley 5.482) y no presentar sanción o inhabilitación durante los últimos 5 años.
  2. Cinco (5) años de egresados y tres (3) años de antigüedad en el ejercicio de la Especialidad, en Institución Oficial o Privada reconocida, cumpliendo con un mínimo de 20 h semanales y 200 días por año calendario.
  3. Certificación escrita de la Institución que especifique la función que cumple en la misma.
  4. Antecedentes en la Especialidad solicitada. Presentar al menos un trabajo de investigación sobre temas relacionado con la Especialidad, donde figure como autor o coautor, publicado en revistas con referato y dos comunicaciones a Congresos y/o Jornadas Científicas en el período evaluado.
  5. Curriculum Vitae presentado y ordenado de acuerdo lo indicado en el Anexo II.
  6. Los créditos otorgados a los antecedentes profesionales presentados para la Certificación/Recertificación de las Especialidades Bioquímicas se detallan en el Anexo III (Tabla de Créditos). Los ítems 1, 2 y 5 son obligatorios de cumplir.

 C) Evaluación de antecedentes

Para acceder a la Certificación de Especialista: es necesario un puntaje no inferior a veinte (20) puntos en la evaluación de antecedentes. Estos se deberán obtener sumando el puntaje de por lo menos 5 (cinco) de los 12 ítems de la Tabla de Créditos.

Los postulantes a la Recertificación deberán sumar no menos de 10 puntos con los mismos requisitos que la certificación. En la certificación de los cursos debe constar el número de horas académicas, responsable de la organización, modalidad de trabajo (teórico o teórico-práctico) y evaluación aprobada.

Reglamento General de Certificación de especialidades

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Anexo I – Solicitud de Inscripcion

Anexo II – Planilla de actividades

Anexo III – Tabla de créditos

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Datos de contacto

  Dirección: Av. República del Líbano 978

  Teléfono: 0381-4330805

  Web: www.cobituc.org.ar

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