NORMAS OPERATIVAS PARA PRESTACIONES
El afiliado deberá presentar:
- Credencial de OSPF – Obra Social del Personal de Farmacia
- DNI, o documento que acredite identidad.
- Autorización
- Cobro de coseguro en el laboratorio (Solo para ambulatorios)
El valor del coseguro a cobrar, será informado por Anexo separado, a los fines de que se encuentren actualizados y será notificado cada vez que los mismos se incrementen o modifiquen. Importante: El monto de coseguro deberá ser cobrado por el prestador y descontado del monto de la práctica convenido. La falta de cobro de la misma, estará exclusivamente a cargo del prestador, no pudiendo exigirle el pago a OSPF; si esto ocurriese la misma será debitada
Documentación respaldatoria
La orden medica consulta, de práctica y/o prescripción farmacológica deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Fecha de la indicación médica
- Nombre y apellido del paciente (legible)
- Número de afiliado (tal como se trascribe en la credencial)
- Diagnóstico
- Sello y firma del profesional actuante
Los datos deben ser completados con letra clara, sin enmiendas ni tachaduras, de existir deberán ser salvados con fecha, firma y sello del profesional actuante.
Se aceptará la facturación correspondiente a 90 (noventa) días de retroactividad (fecha de prestación).
NORMAS GENERALES DE AUDITORIAS
Los débitos por causas administrativas deberán ser respondidos dentro de los 30 días de informados, en caso contrario se consideran aceptados.
A partir de la recepción por parte del prestador de los débitos efectuados por nuestra Auditoría Médica, podrá solicitarse Auditoría compartida dentro de los 30 días, consensuando lugar, fecha y horas para efectuar la misma. Una vez realizada se firmará la correspondiente Acta acuerdo entre parte. De no existir observación dentro del plazo mencionado se dará por aceptado el débito, no haciéndose lugar a posteriores reclamos.