Acta de creación de la Delegación Sur
Art.1°.- Créase la Delegación Sur del Colegio de Bioquímicos como ente descentralizado de la Institución, cuya estructura y funcionamiento se establece en el presente reglamento y en las disposiciones complementarias que en lo sucesivo dictare el Consejo Directivo o la Asamblea del Colegio.
Art.2°.- La conducción gremial de la Delegación Sur será ejercida por una Comisión Directiva elegida por los Bioquímicos colegiados cuyo domicilio profesional se encuentre ubicado en los Departamentos de MONTEROS, CHICLIGASTA, RIO CHICO, JUAN BAUTISTA ALBERDI y LA COCHA.
Art.3°.- La Comisión Directiva de la Delegación Sur estará integrada por cinco Miembros Titulares y cinco Suplentes que durarán 18 meses en sus funciones, cuya elección se realizará de conformidad con lo prescripto por la Ley Provincial Nº 5482 para la Elección del Tribunal de Ética y Disciplina.
Art.4°.- Los Miembros de la Comisión Directiva se distribuirán los cargos de Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Acción Gremial, Secretario de Acción Social y Secretario de Acción Cultural. La Comisión Directiva procederá a dictar su reglamento interno.
Art.5°.- La Comisión Directiva elevará anualmente al Consejo Directivo su programa de Acción para su aprobación, rectificación o rechazo. De igual manera, anualmente deberá elevar al Consejo Directivo la Memoria de la actividad desarrollada.
Art.6°.- El Consejo Directivo, por graves y fundados motivos, podrá remover a la Comisión Directiva o a cualquiera de sus Miembros, en cuyo caso deberá llamar a elecciones para cubrir los puestos vacantes dentro de los noventa días de producida la remoción o renuncia, cuando se hubiere agotado la lista de suplente.
Art.7°.- Los servicios del Colegio que se presten en la sede de la Delegación, tales como el de Proveeduría, Recepción y pago de facturación y Servicios Sociales estarán bajo directa dependencia de la Administración central del Colegio y del Consejo Directivo del mismo, a las cuales compete la gestión y administración exclusivas de los mismos.
Art.8°.- El Secretario General de la Comisión Directiva de la Delegación Sur tendrá el derecho y la obligación de asistir a las sesiones del Consejo Directivo del Colegio, pudiendo delegar tal función en el Secretario Adjunto o, en su defecto, en otro Miembro de la Comisión Directiva.
Art.9°.- El Colegio arbitrara los medios para proporcionar a la Delegación Sur de una adecuada localización y dotación de personal, con el asesoramiento de la Comisión Directiva de la Delegación.
Art.10°.- La comisión Directiva de la Delegación Sur podrá convocar a reuniones informativas y/o consultivas a los colegiados comprendidos en su ámbito de actuación territorial.
Art.11°.- Serán funciones de la Delegación:
- Promover en su ámbito de actuación territorial el cumplimiento de los fines del Colegio y cooperen con los emprendimientos decididos por los órganos legales de gobierno del mismo.
- Recibir de los Colegiados incluídos en su ámbito de actuación territorial sus demandas, aspiraciones e inquietudes, procesarlas y realizar las pertinentes propuestas al Consejo Directivo del Colegio.
- Desarrollar en ámbito de accionar territorial todas las acciones decididas de su autoridades incluídas en plan anual; enderezadas a satisfacer los legítimos intereses materiales y morales de la profesión y de los Colegiados y a desarrollar tareas de servicio a la comunidad.
- Promover el espíritu solidario entre los colegiados de su jurisdicción.
- Promover el desarrollo profesional, gremial, científico, social y cultural de los Colegiados del Sur de Tucumán.
- Constituirse en eje de descentralización operativa de los servicios que presta el Colegio a sus Socios.